¿Es legal cerrar la puerta de entrada al edificio con llave?

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En las Comunidades de Propietarios, nos suelen proponer el cerrar la puerta de entrada al edificio con llave, ya que los robos en trasteros y viviendas cada vez son mas frecuentes.
Por Ley no podemos cerrar la puerta de nuestros edificios con llave, incluidas las puertas corta fuegos de entrada a los garajes.
Tras consultar con el cuerpo de bomberos de la Región de Murcia, en caso de evacuación sería un peligro, y tendríamos responsabilidad penal.
Muchos vecinos suelen proponer en las Juntas que se adopte esta medida, es un peligro además de un engorro, ya que esta medida supone que cada vez que le toquen al telefonillo tendrán que bajar a abrir la puerta, con la consiguiente molestia que supone.
Si los vecinos quieren que se proponga en la Junta este cierre de puertas, si nos acogemos al artículo 17.1 de la LPH, necesitaríamos la doble mayoría para su aprobación pero si un propietario impugnase la Junta acogiendose al 18.1 LPH podría prosperar esta impugnación.
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Quilez Administradores
Quilez Administradores
Administradores de Fincas en Murcia desde 2012. Colegiado nº 38715 Colegio de Administradores de Fincas de Murcia Diplomado en Relaciones Laborales por la UMU

2 Comments

  1. Carlos Guitierrez dice:

    En mi comunidad hemos tenido robos en los trasteros y nos planteamos cerrar las puertas con llave.
    Podemos hacerlo?

    • admin dice:

      Estimado amigo.
      Desde Quilez Administradores le aconsejamos que No cierren las puertas con llave ya que en caso de evacuación por incendio o una emergencia y ocurra una desgracia, los propietarios tendrían responsabilidad penal.

      Es necesario que instalen una puerta corta fuegos, es decir que se pueda abrir desde el garaje hacia la escalera manualmente, sin usar llave, pero desde la escalera hacia el garaje sea necesario usar una llave.

      Cualquier duda que le quede pendiente llámenos al despacho y gustosamente le atenderemos.

      Un saludo.

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